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Reunión de la Comisión Permanente de Política Exterior del Senado

agosto 24, 2018
Noticias Gobierno

La Comisión Permanente de Política Exterior, Cooperación Internacional e Integración Africana del Senado, encabezada por la Presidenta, Teresa Efua Asangono, se ha reunido el 23 de agosto para estudiar y analizar el acuerdo de creación de la Comisión Mixta de Cooperación entre la República de Guinea Ecuatorial y La India.

La comisión ya ha comenzado estudiar y analizar los expedientes relativos a la política exterior, la cooperación, las relaciones internacionales, el servicio exterior y los temas relacionados con la integración africana.

También se ha analizado la exención de solicitud de visados para titulares de pasaportes diplomáticos, oficiales y de servicio entre la República de Guinea Ecuatorial y La India, para familiarizarse con dichos expedientes remitidos por el Ejecutivo al Parlamento.

Tener un documento adecuado y enriquecido, tanto en la forma como el fondo, es el objetivo de la institución que preside Teresa Efua Asangono, en tanto que colaborar con el Gobierno para implementar políticas socioeconómicas e internacionales que promueven el desarrollo integral del país.

Y durante el estudio y análisis de estos documentos, la comisión ha encontrado ciertas dudas en los expedientes, y ha visto la necesidad de requerir la comparecencia del Ministerio de Asuntos Exteriores, Cooperación Internacional y Francofonía.

Los objetivos de la Comisión Mixta de Cooperación Internacional entre la República de Guinea Ecuatorial y La India son estudiar y proponer las vías y medios susceptibles para promover y reforzar la cooperación política, de seguridad, judicial, desarrollo de los recursos humanos, económicos, técnicos, científicos y socioculturales, mientras que el Acuerdo de la Exención de Solicitud de Visados, además de facilitar la entrada de ciudadanos en ambos países, sostiene que un ciudadano con un pasaporte diplomático, oficial o de servicio válido no estará obligado a obtener un visado para entrar, transitar y permanecer en el territorio de la otra parte por un periodo que no exceda de noventa días, partiendo desde la fecha de la entrada.

Fuente: Gabinete de Prensa del Senado
Dirección General de la Página Web Institucional (DGPWIGE)
Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial

Aviso: La reproducción total o parcial de este artículo o de las imágenes que lo acompañen debe hacerse, siempre y en todo lugar, con la mención de la fuente de origen de la misma (Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial).