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lun. 25 noviembre, 22:34
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Decretos presidenciales de cese

El Presidente de la República, S.E. Obiang Nguema Mbasogo, firma los decretos por los que se cesa a distintos cargos de sus respectivas responsabilidades. Reproducimos a continuación su contenido completo.

-DECRETO Núm. 29/2.021, de fecha 12 de febrero, por el que se dispone el Cese del Excmo. Señor Don PEDRO ELA NGUEMA BUNA en el cargo de Consejero de la Presidencia del Gobierno en materia de Protocolo y Organización Nacional de Eventos en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación.

Por conveniencia de mejor servicio y, en uso de las facultades que Me confiere el Artículo 41, inciso h) de la Ley Fundamental del Estado, Vengo en disponer el Cese del Excmo. Señor Don PEDRO ELA NGUEMA BUNA en el cargo de Consejero de la Presidencia del Gobierno en materia de Protocolo y Organización Nacional de Eventos en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Malabo a doce días del mes de Febrero del año dos mil veintiuno.

POR UNA GUINEA MEJOR

OBIANG NGUEMA MBASOGO”.

-DECRETO Núm. 30/2.021, de fecha 12 de febrero, por el que se dispone el Cese del Iltmo. Señor Don AGUSTIN-GASPAR NGUEMA EÑESO en el cargo de Embajador-Encargado de Misiones en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación.

Por conveniencia de mejor servicio y, en uso de las facultades que Me confiere el Artículo 41, inciso h) de lo Ley Fundamental del Estado, Vengo en disponer el Cese del Iltmo. Señor Don AGUSTIN-GASPAR NGUEMA EÑESO en el cargo de Embajador-Encargado de Misiones en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Malabo, a doce días del mes de Febrero del año dos mil veintiuno.

POR UNA GUINEA MEJOR

OBIANG NGUEMA MBASOGO”.

-DECRETO Núm. 31/2.021, de fecha 18 de marzo, por el que se dispone el Cese del Excmo. Señor Don SANTIAGO NGUA NFUMU EYANG en el cargo de Representante Permanente de la República de Guinea Ecuatorial ante la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA CIENCIA, LA EDUCACION Y LA CULTURA (UNESCO), República Francesa.

Por conveniencia de mejor servicio y, en uso de las facultades que Me confiere el Artículo 41, inciso h) de la Ley Fundamental del Estado, Vengo en disponer el Cese del Excmo. Señor Don SANTIAGO NGUA NFUMU EYANG en el cargo de Representante Permanente de la República de Guinea Ecuatorial ante la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA (UNESCO), República Francesa.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Bata, a dieciocho días del mes de Marzo del año dos mil veintiuno.

POR UNA GUINEA MEJOR

OBIANG NGUEMA MBASOGO”.

-DECRETO Núm. 32/2.021, de fecha 18 de marzo, por el que se dispone el Cese del Excmo. Señor Don JESUS MBA BELA ABAHA en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Guinea Ecuatorial acreditado en la República de Ghana.

Por conveniencia de mejor servicio y, en uso de las facultades que Me confiere el Artículo 41, inciso j) de la Ley Fundamental del Estado, Vengo en disponer el Cese del Excmo. Señor Don JESUS MBA BELA ABAHA en el cargo del Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Guinea Ecuatorial acreditado en la República de Ghana.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Bata, a dieciocho días del mes de Marzo del año dos mil veintiuno.

POR UNA GUINEA MEJOR

OBIANG NGUEMA MBASOGO”.

-DECRETO Núm. 33/2.021, de fecha 18 de marzo, por el que se dispone el Cese del Excmo. Señor Don MARCOS MBA ONDO en el cargo del Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Guinea Ecuatorial acreditado en la República de Angola.

Por conveniencia de mejor servicio y, en uso de las facultades que Me confiere el Artículo 41, inciso j) de la Ley Fundamental del Estado, Vengo en disponer el Cese del Excmo. Señor Don MARCOS MBA ONDO en el cargo del Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Guinea Ecuatorial acreditado en la República de Angola.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Bata, a dieciocho días del mes de Marzo del año dos mil veintiuno.

POR UNA GUINEA MEJOR

OBIANG NGUEMA MBASOGO”.

-DECRETO Núm. 34/2.021, de fecha 18 de marzo, por el que se dispone el Cese del Excmo. Señor Don CARMELO MICHA NGUEMA MISI en el cargo del Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Guinea Ecuatorial acreditado en la República Bolivariana de Venezuela.

Por conveniencia de mejor servicio y, en uso de las facultades que Me confiere el Artículo 41, inciso j) de le Ley Fundamental del Estado, Vengo en disponer el Cese del Excmo. Señor Don CARMELO MICHA NGUEMA MISI en el cargo del Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Guinea Ecuatorial acreditado en la República Bolivariana de Venezuela.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Bata, a dieciocho días del mes de Marzo del año dos mil veintiuno.

POR UNA GUINEA MEJOR

OBIANG NGUEMA MBASOGO”.

-DECRETO Núm. 35/2.021, de fecha 18 de marzo, por el que se dispone el Cese del Excmo. Señor Don PANTALEON MAYIBORO MICO en el cargo del Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Guinea Ecuatorial acreditado en la República Federal de Alemania.

Por conveniencia de mejor servicio y, en uso de las facultades que Me confiere el Artículo 41, inciso j) de la Ley Fundamental del Estado, Vengo en disponer el Cese del Excmo. Señor Don PANTALEON MAYIBORO MICO en el cargo del Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Guinea Ecuatorial acreditado en la República Federal de Alemania.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Bata, a dieciocho días del mes de Marzo del año dos mil veintiuno.

POR UNA GUINEA MEJOR

OBIANG NGUEMA MBASOGO”.

-DECRETO Núm. 36/2.021, de fecha 18 de marzo, por el que se dispone el Cese del Excmo. Señor Don MARCOS NDONG EDU en el cargo del Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Guinea Ecuatorial acreditado en la República Gabonesa.

Por conveniencia de mejor servicio y, en uso de las facultades que Me confiere el Artículo 41, inciso j) de la Ley Fundamental del Estado, Vengo en disponer el Cese del Excmo. Señor Don MARCOS NDONG EDU en el cargo del Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Guinea Ecuatorial acreditado en la República Gabonesa.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Bata, a dieciocho días del mes de Marzo del año dos mil veintiuno.

POR UNA GUINEA MEJOR

OBIANG NGUEMA MBASOGO”.

-DECRETO Núm.37/2.021, de fecha 18 de marzo, por el que se dispone el Cese del Excmo. Señor Don ANTONIO EBALE AYINGONO en el cargo del Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Guinea Ecuatorial acreditado en la República de Guinea-Conakry.

Por conveniencia de mejor servicio y, en uso de las facultades que Me confiere el Artículo 41, inciso j) de la Ley Fundamental del Estado, Vengo en disponer el Cese del Excmo. Señor Don ANTONIO EBALE AYINGONO en el cargo del Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Guinea Ecuatorial acreditado en la República de Guinea-Conakry.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Bata, a dieciocho días del mes de Marzo del año dos mil veintiuno.

POR UNA GUINEA MEJOR

OBIANG NGUEMA MBASOGO”.

-DECRETO Núm. 38/2.021, de fecha 18 de marzo, por el que se dispone el Cese del Excmo. Señor Don FRANCISCO-JAVIER EDU ONDO MBANG en el cargo de Consejero de la Embajada de la República de Guinea Ecuatorial en la República Federal de Rusia.

Por conveniencia de mejor servicio y, en uso de las facultades que Me confiere el Artículo 41, inciso h) de la Ley Fundamental del Estado, Vengo en disponer el Cese del Excmo. Señor Don FRANCISCO-JAVIER EDU ONDO MBANG en el cargo de Consejero de la Embajada de la República de Guinea Ecuatorial en la República Federal de Rusia.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Bata, a dieciocho días del mes de Marzo del año dos mil veintiuno.

POR UNA GUINEA MEJOR

OBIANG NGUEMA MBASOGO”.

Dirección General de Prensa Escrita, Página Web Institucional del Gobierno (DGPEPWIG)
Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial

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