Comparecencia en el Senado del Ministro Delegado del Interior
La solicitud del Gobierno sobre la ratificación de la Carta Africana de la Democracia, de las Elecciones y de la Gobernabilidad, ha sido presentada el martes 25 de abril por el Ministro Delegado de Interior y Corporaciones Locales, Marcelino Asumu Nsue Okomo, durante su comparecencia ante la Comisión Permanente de Política Exterior, que preside Teresa Efua Asangono.
Al ser la primera actividad que se realiza en la Cámara alta, tras la muerte del senador Hamidou Boyto Obiang Ada, se ha guardado un minuto de silencio en su memoria, para luego escuchar el informe presentado por el Ministro Delegado, Marcelino Asumu Nsue Okomo, que detalla los motivos por los que el Gobierno solicita la ratificación por parte del Parlamento, si procede, de la Carta Africana de la Democracia, de las Elecciones y de la Gobernabilidad, la cual fue adoptada en la Conferencia de Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Africana, en su octava sesión ordinaria, que tuvo lugar en Addis Abeba (Etiopía), el 30 de enero del año 2007.
Esta carta africana tiene como principales objetivos promover la adhesión de cada Estado parte a los valores y principios universales de la democracia y el respeto de los derechos humanos; prohibir, rechazar y condenar cualquier cambio anticonstitucional de Gobierno en todo Estado miembro, como una grave amenaza a la estabilidad, la paz, la seguridad y el desarrollo; y promover las mejores prácticas en la organización de las elecciones, a efectos de estabilidad política, entre otros.
En sus artículos 3 y 4, señala la importancia de la buena gobernabilidad, de la participación popular, del Estado de derecho y de los derechos humanos, como elementos fundamentales para la consolidación de la democracia pluralista de los Estados.
Las reservas presentadas por el senador Ángel Serafín Seriche Dougan Malabo han sido objeto de intensos y profundos debates. Seriche Douga, en el artículo 7 del documento referido al llamamiento de los Estados a aportar los recursos necesarios para reforzar los órganos de la unión, afirma que con el pago de la contribución al presupuesto anual no es necesario poner recursos adicionales o extraordinarios.
En cuanto al artículo 17, relativo a la creación y reforzamiento de los órganos electorales nacionales, independientes e imparciales encargados de la gestión electoral, considera que la Junta Electoral Nacional de Guinea Ecuatorial, órgano regulador de las elecciones, es imparcial e integradora de todas las sensibilidades políticas y sociales que intervienen en las elecciones del país.
Batho Obama Nsua Mengue ha presentado sus reservas a los artículos 23, 24, 25 y 26, por entender que según la carta, la ley electoral, el pacto nacional vinculante y el acta de la Mesa de Diálogo Nacional firmados por el Gobierno y los partidos políticos legalizados, actores políticos de la diáspora y corrientes y actores políticos del país, en caso de conflictos y diferencias de pareceres, se debe priorizar el diálogo y la concertación entre los diferentes actores afectados, en aras a preservar la paz, la armonía y la cohesión nacionales.
Tras el debate de los senadores, encaminado a la mejora del documento objeto de ratificación, los miembros de la Comisión Permanente de Política Exterior han procedido a la votación, que ha tenido como resultado 28 votos a favor y dos en contra, quedando así adoptado el documento por dicha comisión.
Texto: Asunción Silvania Nzang
Fotos: Adolfo Ondo Esono
Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial
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