Revisión del acta de la Comisión Permanente de Gobernación del Senado
El acta resultante de la fusión de los tres informes de las subcomisiones, que trabajaron para mejorar el contenido del Proyecto de Ley Reguladora del Código de Circulación Vial en Guinea Ecuatorial, ha vuelto a ser revisado este miércoles por la Comisión Permanente de Gobernación, Administración Local y Función Pública del Senado.
Las enmiendas propuestas en su día por los senadores durante el proceso de análisis del Proyecto de Ley Reguladora del Código de Circulación Vial, y finalmente aceptadas, forman el contenido del acta objeto de revisión por la comisión.
Entre las novedades que recoge el acta figuran las modificaciones introducidas en los artículos del 3 al 182 que, además de definir los conceptos básicos relacionados con la circulación vial, los tipos de vehículos que deben circular en las carreteras y las categorías de conductores, que pueden ser simples y profesionales, en este aspecto se ha presentado una propuesta de enmienda que ha sido adoptada, quedando considerado como conductor profesional toda persona provista para conducir, cuya principal actividad laboral sea la conducción de vehículos a motor dedicados al transporte de mercancías o de personas.
El texto también determina los órganos de la administración central del Estado que tienen competencias en materia de tráfico rodado y seguridad vial, siendo el Ministerio del Interior y Corporaciones Locales el departamento tutor del proyecto de ley cuyas atribuciones abarcan desde la concesión y firma de las autorizaciones de apertura de centros de formación de conductores y de fabricación de placas de matriculación de vehículos, la expedición, renovación y revisión por la Dirección General de Tráfico los permisos y licencias para conducir vehículos a motor y ciclomotores, establecer las directrices básicas y esenciales para la formación y actuación de los agentes de tráfico rodado, circulación de vehículos y seguridad vial, así como la realización de pruebas para determinar el grado de intoxicación alcohólica o por drogas de los conductores que circulan por las carretas, entre otras.
De los más de trescientos artículos que contiene el Proyecto de Ley del Código de Circulación Vial, algunos han sido enmendados, otros adoptados sin enmiendas, mientras que otros, como el caso del artículo 6, que ha suscitado debate, la comisión ha visto necesario pedir explicación al gobierno en su próxima comparecencia para su mejor comprensión.
Texto y fotos: Gabinete de Prensa del Senado
Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial
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