Reunión de la Comisión Ad-Hoc del Senado
Los miembros de la comisión se reúnen para estudiar de forma preliminar el Proyecto de Transportes por Carretera.
Estudiar de manera preliminar el proyecto de Ley de Transporte por Carretera, mientras se espera el dictamen de la Cámara de los Diputados que actualmente analiza el documento en primera lectura, es el objeto de la reunión mantenida el 5 de septiembre por la Comisión AD-HOC, moderada por el senador Demetrio Elo Ndong Nsefum, asistido de los senadores Jaime Ela Ndong y Alejandro Envoro Ovono Angué, entre otros miembros de la mesa.
Tener un documento adecuado y enriquecido, tanto en la forma como el fondo, es el objetivo de la institución. Este estudio preliminar de la comisión como finalidad familiarizarse con el expediente, y posteriormente someterlo a la consideración del pleno del Senado.
El proyecto de ley tiene por objeto regular el transporte por carretera en todo el ámbito nacional, con la finalidad de lograr un sistema de transporte eficiente y coordinado, que satisfaga adecuadamente las necesidades de movilidad de los usuarios y favorezca el desarrollo de la iniciativa privada en un entorno de libre mercado.
Durante el estudio y análisis de esta proposición, los miembros de la comisión han presentado aportaciones y enmiendas para mejorar y enriquecer el documento, tanto a nivel formal, como sustancial, para finalmente someterlo a la consideración de la mesa del Senado para el trámite correspondiente.
La proposición consta de una exposición de motivo en la que se resalta la modernización y mejora de las infraestructuras y redes de carreteras en todo el ámbito nacional, que han supuesto un salto cualitativo para el desarrollo de los servicios de transporte terrestre en la República de Guinea Ecuatorial.
En este sentido, el Gobierno ha considerado la oportunidad de introducir un mayor dinamismo en el sector, con la adopción de un marco normativo que regule el comportamiento y conductas de los usuarios de la red de carreteras, así como las condiciones de su acceso para el ejercicio de la actividad del transporte, ejerciendo un mayor control administrativo en el sector.
El documento consta de treinta y cinco páginas, varios capítulos, artículos, una disposición adicional, una transitoria, una derogatoria y una final, y faculta al Ministerio de Transportes, a través de su Dirección General de Transporte, a velar por la adecuada ordenación del sistema de transportes en coordinación con otros departamentos ministeriales, y buscar mecanismos que faciliten la existencia de espacios de coordinación y concertación.
El Gobierno podrá suspender, prohibir o restringir total o parcialmente, por el tiempo que resulte necesario, la realización de algunos servicios o actividades de transporte de este proyecto de ley, ya fuesen de titularidad pública o privada.
Fuente: Gabinete de Prensa del Senado
Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial
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