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Análisis del Proyecto de Ley de Reactivación de la Actividad Portuaria

septiembre 15, 2022
Gobierno
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La Comisión Parlamentaria de Obras Públicas, Transportes, Minas y Comunicaciones, de la Cámara de los Diputados, ha proseguido con el análisis del Proyecto de Ley por el que se establecen normas relativas a la reactivación de la actividad marítima-portuaria y la regulación de algunas tasas en los sectores de Hacienda, Comercio y Telecomunicaciones, en unas deliberaciones que se desarrollan bajo la moderación del presidente de la institución, Gaudencio Mohaba Messu, con la participación de una delegación del Gobierno encabezada por el Ministro de Transportes, Correos y Telecomunicaciones, Rufino Ovono Ondo.

Uno de los aspectos que ha acaparado el centro de los debates de esa comisión parlamentaria ha sido el tema de los múltiples servicios y cuerpos que operan en los recintos portuarios, que exigen pagos no regulados en ninguna normativa vigente, lo que, según el Gobierno, obstaculiza la iniciativa nacional y privada a la importación de bienes y el tráfico marítimo hacia nuestros puertos, por eso los diputados han tratado de determinar los servicios que necesariamente deben permanecer en esos recintos.

Con ese proyecto de ley se quiere prohibir a los cuerpos oficiales, que realizan actividades profesionales en los puertos públicos, efectuar cobros por dichas actividades, en concepto de honorarios técnicos; quedará prohibido el pago efectivo contra factura en los servicios oficiales prestados a terceros en los recintos portuarios, y se eliminará la obligatoriedad de contratación del servicio de seguridad privada en los servicios portuarios.

Los servicios veterinarios, las agencias de declaración o declarantes, autorización de subida, catering, port services, gendarmería nacional, brigada canina, policía fiscal, seguridad, sanidad y el servicio de verificación de productos pesqueros no podrán ubicar sus centros de actividad profesional en los puertos públicos y, cuando su presencia fuese necesaria, la autoridad portuaria podrá requerir, por escrito motivado, la prestación puntal de dichos servicios en el recinto portuario.

En su arribo en aguas jurisdiccionales, solo estarán autorizados a asistir al fondeo de los buques, los servicios determinados por la Organización Marítima Internacional y la Ley General de Marina Mercante de la República de Guinea Ecuatorial, tales como la Administración de Puertos, la policía de frontera e inmigración, las aduanas y sanidad exterior.

Para el mejor desarrollo de sus actividades de entrada, carga, descarga y despacho de buques, los puertos públicos del Estado realizarán sus operaciones las 24 horas del día y quedarán prohibidos los accesos a esos recintos al personal no autorizado, salvo los administrados que acrediten tener interés directo en algún servicio específico.

También han sido analizados y adoptados los artículos que regulan las tasas que se aplicarán en los puertos en los sectores de Hacienda, Telecomunicaciones y Comercio.

Según ese Proyecto de Ley se suspenderá o se prohibirá la aplicación de los impuestos especiales de Hacienda sobre los productos de primera necesidad y quedarán anuladas las tasas del 3% a residentes y del 5% a no residentes, que se cobra por los servicios aduaneros en virtud de la ley por la que se modifica la tasa fiscal sobre la reexportación y el simple tránsito de mercancías a través de la República de Guinea Ecuatorial.

Se reducirá a un 10% el arancel aduanero y a un 5% la tasa de comercio aplicable a los precios de origen de los equipos terminales y sistemas de telecomunicaciones importados.

De la misma manera, quedarán anuladas la tasa del 1% sobre CIF recogida en la ley de tasas por Servicios de Importación de Mercancía Liquidadas en la Carta Única de Pago de Aduanas, la tasa de 15 mil Francos Cfa recogida en la Ley de Tasas, que se paga en concepto de autorización de importación a los importadores y empresas, y se reducirá a un 5% la tasa de Comercio aplicable a las facturas de origen de los productos pesqueros.

Texto y fotos: Gabinete de Prensa de la Cámara de los Diputados
Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial

Aviso: La reproducción total o parcial de este artículo o de las imágenes que lo acompañen debe hacerse, siempre y en todo lugar, con la mención de la fuente de origen de la misma (Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial).